La Justicia falló contra Presidencia al entender que actuó con “ilegitimidad manifiesta” y en forma “arbitraria” en el caso de Toma.
El Juzgado en lo Contencioso Administrativo de 3° Turno ordenó al Poder Ejecutivo a aceptar el recurso de amparo presentado por el exsecretario de Presidencia, Miguel Ángel Toma.
El Juzgado entiende que Toma fue prejuzgado y vulnerado en sus derechos durante la investigación administrativa realizada por el gobierno de Luis Lacalle Pou. Esta investigación contra Toma era por presuntas irregularidades en viajes oficiales que tuvieron lugar en 2019 y 2020.
En diciembre de 2020 la investigación concluyó que Toma cometió una serie de “hechos irregulares”. Esto derivó en un sumario con separación del cargo por seis meses dispuesto por el presidente Luis Lacalle Pou.
Recurso de amparo
Frente a esta resolución el exsecretario promovió una acción de amparo para tramitar una recusación o apartamiento del caso a Lacalle Pou. Es decir, Toma solicitaba que se investigara si el presidente “prejuzgó” al declarar públicamente en contra de él antes de que se iniciara la investigación. Además, que se averiguara si hubo filtraciones a la prensa dentro del Poder Ejecutivo.
El 6 de enero el presidente no dio lugar al pedido. Asimismo, decidió enviar el pedido de Toma a la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep), señalando que las consideraciones expresadas carecían del “más mínimo fundamento” y buscaban desacreditar la imagen de la administración pública.
“El funcionario sumariado realiza afirmaciones falsas, acusando al Poder Ejecutivo de haber entregado el expediente de la investigación administrativa a la prensa. Lo cual constituye para un funcionario de su jerarquía dependiente de dicho poder del Estado, una conducta impropia, indecorosa y de la más absoluta falta de ética”, puntualiza el texto enviado a la Jutep.
El exsecretario decidió presentar el recurso de amparo ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 7° Turno, que en marzo ordenó a la Justicia de lo Contencioso Administrativo que diera trámite al recurso.
“Es dable sostener que, en materia de amparo, el que están en juego derechos de raigambre constitucional y derechos humanos reconocidos por nuestra Constitución, la ponderación proclamada debe ser aún más intensa”, concluía el fallo.
El 16 de marzo el Ejecutivo rechazó la petición recusatoria. Toma denunció que Lacalle Pou vulneró de esa forma el “deber constitucional de instruir debidamente el asunto”. / Fuente: La República