Cometió varios delitos de estafa en San José, Montevideo y Colonia. Quedó en libertad a prueba.
La Jefatura informó: “En abril de 2023 en Comisaría 8ª fue denunciado un delito de estafa, en el que una persona manifestó que al haber intentado adquirir muebles a través de una red social, entregó una seña y fue bloqueada por el supuesto vendedor en la red y en la conversación por WhatsApp.
Enterada la justicia competente, libró orden de detención para el presunto implicado. El 18 de febrero, un móvil de investigaciones que patrullaba por jurisdicción de Comisaría 21ª de la Jefatura de Montevideo, identificó a un transeúnte debido a su nerviosismo al ver el móvil policial.
El registro resultó negativo pero en el Sistema de Gestión Policial registraba Requisitoria por evento de estafa en la Comisaría 8ª de esta Jefatura.
Cabe destacar que el indagado era investigado por otros delitos de estafa en los departamentos de Montevideo, Colonia y San José.
Previas coordinaciones, el indagado fue trasladado a la citada dependencia, donde puesto en conocimiento del Ministerio Público, se ordenó la conducción a la Sede.
Cumplidas las instancias respectivas, en el Juzgado Letrado de 5to Turno de San José, “se formalizó la investigación respecto de W.G.S.Q de 49 años por la presunta comisión de cuatro delitos de estafa en régimen de reiteración real entre sí, en calidad de autor y en grado consumado, conforme a los Arts. 1,18,54, 60 NAL.1, y 347 del Código Penal, y por Sentencia Nº 17/2024 se condenó por los mismos delitos a una pena de siete meses de prisión, con descuento del tiempo de detención sufrido, siendo de su cargo las prestaciones Accesorias de rigor. Sustituyese totalmente la pena impuesta por un régimen de libertad a prueba, de acuerdo a lo establecido por el Art. 295 bis del CPP en la redacción de la Ley 19.889, oficiándose a DINASLA para el control y a su vez a efecto de que presente dentro del plazo legal, el plan de intervención por el plazo de la pena. Impónese al condenado las siguientes condiciones:
A) Residencia en el lugar fijado en esta audiencia.
B) Sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la oficina de DINASLA
C) Presentarse una vez por semana en la Seccional Policial de su domicilio.
D) Prestación de servicios comunitarios por un lapso de dos horas semanales durante los tres primeros meses de la pena sustituida. Oficiese a la Dirección Nacional de Migraciones a los efectos del cierre de fronteras por el plazo de pena sustituida”.