Durante ese lapso el hombre permanecerá en su domicilio.
Cesó la detención y se dispuso una medida limitativa por 60 días, previstas por el Art. 221 numerales A y D. Después de ese lapso volverá a comparecer.
El numeral A establece que el hombre debe fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al tribunal, por su parte el numeral D establece la prohibición de salir sin autorización previa del ámbito territorial que se determine.
El hombre abatió de varios disparos a un delincuente que ayer, sobre la 1 de la mañana, quiso rapiñar un ómnibus de COME a la altura del Km. 28 de la ruta 1.