La iniciativa fue elaborada por el edil Diego Mariño (PN) y toma como base una similar del ex edil Esteban Arosteguy (PN), que no prosperó.
El proyecto propone modificaciones sobre la totalidad del articulado del Decreto 2820, que es el que actualmente rige no solo la colocación de pasacalles sino de toda otra cartelería en la vía pública.
«Queda prohibida la colocación en la vía pública de pasacalles en el departamento de San José, ya sea con fines de propaganda política, gremial, religiosa, cultural o de cualquier otra índole«, señala el artículo 1° de la propuesta.
Como contrapartida, sí estará permitida la colocación «únicamente en los árboles del ornato público o en las columnas del alumbrado público» -«mediante piolas o cuerdas delgadas»- de carteles de un tamaño que no exceda «los dos mil quinientos centímetros cuadrados de superficie» es decir, 50 cm. por 50 cm.
El proyecto también señala en su artículo 5, que la instalación de cartelería en predios privados podrá llevarse a cabo «si existe autorización previa y por escrito del propietario».
Pintar directamente sobre la corteza de los árboles, columnas de alumbrado, monumentos, señalizaciones de tránsito, semáforos, cordones de vereda, pavimentos de aceras y calzadas «y demás bienes del ornato público» estará también prohibido.
Tampoco se podrá utilizar como soporte de los carteles «los postes de las señales verticales de tránsito, nomenclátor, semáforos, monumentos públicos y todo otro bien del ornato público».
Puentes, plazas, plazoletas y/o parques públicos no podrán ser objeto de colocación de cartelería «excepto en forma transitoria, cuando se realicen actos debidamente autorizados».
«En este caso la propaganda podrá colocarse desde 12 horas antes del evento y deberá retirarse inmediatamente terminado el mismo», dice la iniciativa al respecto.
Otra prohibición establecida es la de «ubicación de todo tipo de propaganda en los frentes de edificios públicos».
El proyecto dedica también un capítulo a los plazos de colocación y retiro de la cartelería.
Para el caso de la política, podrá colocarse «dentro de los 60 días previos al acto eleccionario de que se trate» y retirarse dentro de los 15 días posteriores al mismo, mientras que otro tipo de cartelería podrá instalarse «dentro de los 15 días previos al evento que se promocione o durante un tiempo máximo de 15 días» y quitarse dentro de los cinco posteriores.
En caso de incumplimiento, el proyecto establece una multa equivalente a 10 Unidades reajustables «y la incautación definitiva del material apartado, el cual deberá ser destinado por la Intendencia a un proceso de reciclaje».
La iniciativa ingresará formalmente este lunes a la Junta Departamental para que comience a ser considerada por la Comisión de Legislación y Asuntos Laborales.