El hombre la denunció en dos ocasiones.
En el mes de enero de 2024, un hombre denunció en Comisaría 7ma., haber sido amenazado de muerte por teléfono por parte de su ex pareja.
Enterada la Fiscalía Letrada de Libertad y Juzgado competente, dispusieron indagatorias, medidas cautelares y se fijó audiencia.
En el mismo mes el denunciante se presentó nuevamente en la Seccional 7ma., manifestando que a pesar de las medidas recientemente dispuestas, la indagada se había comunicado nuevamente. Se reiteraron las medidas cautelares.
El día 22 de febrero en audiencia realizada en el Juzgado Letrado de Libertad de 3er. Turno se dispuso tener por formalizada la investigación seguida por la Fiscalía Letrada Departamental de Libertad de 2º Turno contra M.N.F.S de 41 años, “por la presunta comisión de un delito de violencia privada en régimen de reiteración real con un delito de desacato agravado.
Asimismo, se dictó Sentencia Nº 29/2024 por la cual se condenó a la imputada como autora penalmente responsable de un delito de violencia privada en régimen de reiteración real con un delito de desacato agravado a la pena de tres meses de prisión, que podrá cumplir en régimen de libertad a prueba atento a su condición de primaria (Art. 295 bis CPP), asumiendo como obligaciones las dispuestas en los numerales 1 a 4 de dicha norma, esto es:
A) Residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión. De la DINASLA
B) Sujeción a la orientación y vigilancia permanente de dicha Institución
C) Presentación una vez por semana en la Seccional Policial correspondiente al domicilio fijado
D) Prestación de servicios comunitario a realizarse dos horas durante treinta días, que deberán coordinarse con DINASLA.