Denuncian “desidia y lugar inadecuado” en la toma de exámenes para obtener la licencia de conducir. San José Ahora accedió a la extensa carta que elevaron a la intendenta, Ana Bentaberri.
Profundo malestar expresaron los titulares de Escuelas de Conducir del departamento de San José, agremiados en Asociación Nacional de Instructores y Propietarios de Escuelas de Conducir, y habilitados por la Intendencia Municipal de San José, por el modo en que se llevan a cabo las pruebas a quienes aspiran obtener la licencia de conducir. Destacan que han agotado la vía del diálogo y no han obtenido respuesta.
Entre otros puntos indican que “las disposiciones dictadas por el Director de Tránsito afectan gravemente las fuentes laborales de ambos, tanto de los contribuyentes como futura herramienta de trabajo, así como de las Escuelas de Conducir”.
Señalan como falencias a la falta de funcionarios para tomar las pruebas, que se ha limitado a dos la cantidad de aspirantes diarios por escuela para rendir el examen correspondiente y la demora que se da para realizar los trámites.
Falta de ecuanimidad, eliminación de charlas previas a las pruebas, límite de maniobras y sanciones hasta con tinte “diabólico”, completan la queja.
A continuación, la carta enviada a la intendenta Ana Bentaberri, firmada por seis titulares de Escuelas de Conducir del departamento de San José, y por el presidente del Asociación Nacional de Instructores y Propietarios de Escuelas de Conducir (ANIDIPEC), Álvaro Beloqui Quevedo:
“Los abajo firmantes titulares de Escuelas de Conducir, en su mayoría declarados Institutos de enseñanzas por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), agremiados en Asociación Nacional de Instructores y Propietarios de Escuelas de Conducir, (ANDIPEC), y todos ellos habilitados por la Intendencia Municipal de San José, (IMSJ:
Venimos en tiempo y forma presentar una queja formal contra el funcionamiento de la Dirección de Tránsito de la comuna antes mencionada, tanto en la capital como en las juntas correspondientes.
SABER:
1º.- El funcionamiento actual afecta gravemente a los contribuyentes que pretenden obtener su licencia de conducir, como herramienta de trabajo, también afecta gravemente a las escuelas de conducir debido a la falta de funcionarios evaluadores o inspectores y los pocos cupos habilitados para las Escuelas de Conducir, para que puedan presentar a rendir exámenes.
2º.- Las disposiciones dictadas por el Director de Tránsito afectan gravemente las fuentes laborales de ambos, tanto de los contribuyentes como futura herramienta de trabajo, así como de las Escuelas de Conducir según los artículos, Nº 7º, 8º y 36º de la Constitución Nacional. Al no existir una norma de interés general que cercene este derecho constitucional, en el caso que nos ocupa.
3º.- Entendemos que es un tema recurrente, que ya tienen larga data y que afecta a mucha gente, muchas de esas que viven de ese sustento, pero ya hemos agotado la vía del dialogo y no hemos tenido respuesta.
HECHOS.
1º.- Se nos ha comunicado verbalmente del trámite que se debe hacer desde el principio, esto fue en forma verbal (poco serio), y no a todas las escuelas en general.
2º.- Se nos otorga un límite de aspirantes de 2 aspirantes a presentar a exámenes por día; esto limita los horarios de trabajo de nuestras Escuelas, ya que se pierde la mañana para que esos dos aspirantes puedan rendir la prueba práctica, pero más allá de eso tampoco se es ecuánime, ya que no en todos se les mide con la misma vara.
3º.- En la actualidad, también encontramos criterios dispares en la toma de exámenes dentro de la Capital del Departamento, que no son lo mismo que en Villa Rodríguez, dejando de lado la infraestructura, en ambos existen diferencias abismales, esto hace que el examen no sea ecuánime para todos los aspirantes. Eso no apunta a una mejor gestión de la Dirección antes mencionada, y menos a mejores conductores, que son ellos los que transitan nuestras rutas y calles de nuestras ciudades diariamente
4º.- Otro factor muy importante es la demora que encontramos en la realización de los tramites, podemos ingresar un trámite para la hora 09.15 y culminarlo a las 15.00, lo que parece demasiado extenso y burocrático, no se entiende la razón, cuando una evaluación en si por cada aspirante en ninguna parte del País nunca demora más de 20 minutos, con pista y calle.
5º.- No nos deja de sorprender la eliminación rotunda de la charla que se brinda a los aspirantes por parte del cuerpo de inspectores antes de realizar las prueba práctica, eso ya no existe a pesar que eso generaba un vínculo de confianza entre las partes.
EXÁMENES PRÁCTICOS.
Ecuanimidad, desidia y lugar inadecuado.
1º.- En el caso de las pruebas prácticas de marcha atrás en Villa Rodríguez, la misma se realiza con una sola fila de conos, la mayoría de las veces desalineados debido a las características del lugar, esto dificulta aún más la prueba de un aspirante y si a eso le sumamos el estado de nervio que los afecta por la prueba, se torna muy difícil; se termina desarrollando un zigzag y para colmo marcha atrás.
2º.- Otro factor desordenado esta dado en las medidas de los estacionamientos, ya que las mismas se realizan con pasos, y está siempre varía según quien tome la evaluación, según la persona, lo correcto sería ya contar con cordones marcado y medidas exactas de ante mano según el vehículo, de lo contrario se está opinando y las consecuencias son para los aspirantes.
3º.- Las Escuelas preparamos a los aspirantes acorde a las medidas dispuestas por la DGTT (un auto y medio de margen), si ésta es menor los aspirantes se ven muy comprometidos a poder realizar la misma; al igual que la cantidad de maniobras que poseen que son muy limitadas, tres maniobras de dirección es imposible para aspirantes que manejan por primera vez; esto debería ser aplicado en lo Nacional. Ej: Montevideo, 8 maniobras en el lateral y 5 en el 45º.
4º.- Otro tema que nos resulta un tanto arbitrario de parte de la Dirección de tránsito es que fuera de horarios del uso de la Intendencia tampoco se nos permita trabajar en la pista, por lo menos para que los aspirantes la puedan conocer, entendemos como que existiera algún resentimiento o desacuerdo para con las Escuelas de Conducir.
5º.- En la Capital departamental San José de Mayo la pista y su entorno es muy reducida para maniobrar, las barreras que se toman las pruebas son demasiado bajas que (apenas se ven desde dentro del vehículo), también y se las coloca montada sobre el cordón lo que lleva a achicar el ancho de ese supuesto vehículo lo que resulta inadecuado para una maniobra correcta, ya ni siquiera quedan a la altura de un vehículo que rinde la prueba, y su estructura es inadecuada; lo ideal serían conos de 90 cm de altura o barreras de la misma medida.
6º.- Un conductor en la vía pública se adapta para estacionar según las circunstancias, de anchos y metros resolviendo el estacionamiento con las maniobras que sean necesarias, pero en el examen las condiciones son otras totalmente distintas y limitadas.
6º.- Resaltamos el excelente trato de los funcionarios para con nosotros y los aspirantes, pero solicitamos y abogamos para que pueda existir un criterio único, o sea para determinada situación siempre la misma solución, con profesionalidad en cuanto al detalle de lo antes expuesto. Las escuelas de conducir cuando presentan un aspirante a rendir un examen práctico lo hacen cuando esa persona se encuentra en condiciones.
7º.- También encontramos una traba permanente y es que cuando una Escuela de conducir presenta a un aspirante a rendir la prueba práctica en la pista, no se nos deja ingresar a la misma para ver el desempeño del aspirante en las maniobras que corresponde; la idea No es cuestionar ni poner en duda al tribunal de exámenes, es simplemente saber y en que fue reprobado el aspirante y poder trabajar en una segunda prueba en esos errores, ya que es bueno tener una buena devolución como instructores y así afinar los detalles.
8º.- Otro tema muy importante para nosotros son las habilitaciones por parte de la Dirección de Tránsito, de los cursos de capacitación para instructor que tenemos realizado y aprobados en ANDIPEC, ya que los mismo son muy importantes porque en ella se aprende a enseñar y se evalúa al instructor como instructor propiamente dicho y son reconocidos a nivel Nacional e internacional, solo en San José no son aceptados.
SANCIONES LUEGO DE LA REPROBACIÓN DE EXÁMENES.
1º.- Tenemos un gran problema sobre la limitación a todos aquellos aspirantes que puedan haber reprobado por tercera vez los exámenes, ellos son penalizados por 180 días, lo que resulta arbitrario, perjudicando sustancialmente a los aspirantes que en su gran mayoría necesitan esa licencia de conducir para un eventual trabajo y no para salir de paseo, perdiendo por ende también su práctica y dinero nuevamente, para una nueva prueba, pero amén de eso también se perjudica a las escuelas de conducir en su labor.
2º.- El permiso en sí mismo posee una valides de 180 días corridos desde su ingreso, y una vez caducado o vencido, automáticamente cae del Sistema Nacional, lo que por lógica al día siguiente el aspirante ya debería estar en condiciones de ser habilitado con un nuevo permiso, como es en el resto del País. Ejemplo claro es Montevideo, el aspirante en ese periodo de tiempo si la escuela trabaja correctamente ese aspirante puede llegar a rendir hasta 7 exámenes prácticos, que sería lo justo.
3º.- La disposición del sistema Nacional de SUCIVE, del Permiso Único de Conducir (PUNC), se da de frente con la disposición que hoy mantiene la Dirección de Transito de la Intendencia de San José; el sistemas nacional habilita el permiso por 180 días corridos y en San José la Dirección de Transito sanciona con 180 días, es irrisorio y hasta diabólico.
TRAMITES DE EXONERACIÓN DE IMPUESTOS.
1º.- Como bien se ha expresado ut supra algunas escuelas de conducir se encuentran inscriptas ante el Ministerio de Educación y Cultura a los efectos de exoneración impositivas acorde al Decreto Nº 166/008, reglamentario del Art 448 de la Ley Nº 16 226, acorde a lo que estipula el art 69 de la Constitución Nacional; tema este recurrente en el planteo ante la mencionada Dirección la que aduce que es SUCIVE quien decide.
2º.- En tal sentido hacemos saber que los impuestos departamentales, referente a la patente de rodado, están expresado en el art 297 numeral 6º de la Carta Magna y es la Intendencia que corresponda quien decide que vehículo se encuentra exonerado y cual no, por lo tanto no se entiende la respuesta verbal de la administración.
3º.- Es nuestra intención hacer las cosas bien hechas, armoniosamente y en un trato de caballeros, pero parece que desde la dirección de tránsito no somos bien mirados, pero nada hemos hecho contrario a derecho por lo que solicitamos se nos dé el lugar que corresponde como empresas regladas acorde a derecho.
PETITORIO.
Por lo expuesto y en atención a lo dispuesto en los artículos 7, 8, 36, 69, 72, 297 numeral 6to, 318 y 332 de la Constitución Nacional, en los artículos 11 y 12 del Código Tributario, en el artículo 448 de la ley número 16.226, en el artículo 1ro de la ley número 18.860 y demás disposiciones concordantes y complementarias, a Usted PIDEN:
- Les tenga por presentados, por constituido domicilio real y el electrónico a estos efectos y por formulada la presente petición calificada.-
- II) Previos los trámites de estilo, se proceda a dar una respuesta a lo solicitado en forma armónica y en pos del bien común a la Comuna departamental, a las Escuelas de Conducir y a los contribuyentes.”