En su informe sobre el Presupuesto Quinquenal.
Sobre el mediodía de este viernes se conoció el informe del Tribunal de Cuentas sobre el Presupuesto Quinquenal de la Intendencia de San José, que será considerado por el plenario de la Junta Departamental a la hora 19.
En su dictamen, el Tribunal señala que «ha sido preparado en forma razonable, de acuerdo con los supuestos efectuados por el organismo se presenta de conformidad c la deposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, excepto por lo establecido en el párrafo 4″.
En el párrafo 4, el TCR señala que la Intendencia no dispuso recursos suficientes en el período 2021-2025 para abatir el déficit acumulado que presenta la comuna.
Señala, en tal sentido, que el déficit acumulado de la Intendencia «al 31/12/2020 asciende a $ 867.233.467. Dicho déficit, según la Rendición de Cuentas correspondiente al ejercicio 2020, aún pendiente de dictaminar por este Tribunal, es de $ 835.185.824″.
«En la información proporcionada por la Intendencia se señala que partir del 01/01/2022 se cambiará el criterio de contabilización de los gastos, pasando de imputar los gastos en el momento del compromiso al momento de su ejecución (…). Según dicha información este cambio de criterio implicaría una reducción del déficit acumulado al 31/12/2020 en un momento de $ 663.315.393,70. Asimismo se expresa que ese monto incluye compromisos que, en su mayoría, van a ser ejecutados en ejercicios posteriores pero dentro del período de gobierno. Por lo tanto -opina el Tribunal- no corresponde realizar la mencionad reducción del déficit a financiar en el quinquenio».
«Asimismo -prosigue el párrafo 4- los pasivos correspondientes al ejercicio 2020 vencen en su totalidad en el período de gobierno».
«En el proyecto de presupuesto se prevé para el período 2021-2025 un superávit de $ 199.905.348, sin incluir el Grupo 8 Aplicaciones Financieras, que asciende a $ 11.223.478. Por lo expresado el monto previsto para financiar el déficit acumulado en el quinquenio 2021-2025 es insuficiente», concluye el Tribunal.