La iniciativa es del edil Danilo Vasallo.
El edil Danilo Vasallo (PN) reiteró el pasado lunes en la Junta Departamental un proyecto de decreto para regular la circulación del transporte forestal por la caminería rural de San José.
Se trata de una iniciativa que Vasallo presentara años atrás y que volvió a poner a consideración del deliberativo en función del crecimiento que la actividad tendrá en a nivel local en los próximos años, y que abarcará unas 10 mil hectáreas, según estimó.
El edil entiende que, en función de ello, «se hace necesario incorporar limitaciones y como consecuencia sanciones, evitando de esta manera daños económicos para la administración sino también a los usuaris que tienen que sacar su producción diariamente».
En ese sentido, subrayó que otros gobiernos departamentales ya «han puesto en práctica este tiempo de medidas, logrando los resultados esperados, es decir, obteniendo una vida útil más extensa de las vías de tránsito».
El proyecto, de 12 artículos, comienza definiendo el tránsito forestal como el que abarca «todo vehículo, carga y/o transportes, maquinaria utilitaria, camión con y sin acoplados».
En Art. 2, la iniciativa determina las limitaciones a la circulación, las que estarán supeditadas a las precipitaciones. En esa línea, establece que no podrán transitar dentro de las 24 o 48 posteriores a lluvias que hayan superado volúmenes que serán definidos pro el Ejecutivo.
A tales efectos, «se considera competente la determinación efectuada por las seccionales policiales del departamento, en virtud que son las mismas as que llevan adelante el registro pluviométrico (…) La medición efectuada en una Seccional tiene efecto vinculante en los caminos que se encuentren en su jurisdicción, aplicándose la limitación de circulación según corresponda», subraya el Art. 10.
No obstante ello, la «autoridad competente» podrá establecer excepciones así como también otorgar «permisos especiales» para casos «que revistan carácter excepcional y se deriven a una situación de emergencia» así como en aquellos casos «en que los deterioros producidos sean mantenidos y/o reparados por los responsables propietarios de los vehículos forestales».
«No se encuentran incluidas en la presente reglamentación las situaciones de alerta departamental» declaradas por el CECOED, se precisa en el Art. 5
Más adelante, en los artículos 7 y 8, el proyecto propone tres franjas de multas en Unidades Reajustables, las que se cobrarán «conjuntamente con el impuesto de Patente de Rodado de cada vehículo infractor, mediante comunicado al SUCIVE».