El Ministerio de Ganadería, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural (DGDR) emitirá un certificado a los productores familiares para la exoneración de la Contribución Inmobiliaria Rural.
La Ley 19.355 del Presupuesto Nacional aprobada en diciembre de 2015 establece, que los productores familiares que explotan hasta 200 hectáreas pueden ser exonerados de la contribución inmobiliaria de las primeras 50 hectáreas, siempre y cuando hagan el trámite correspondiente ante cada Intendencia Departamental.
La DGDR emite el certificado a solicitud del interesado. Sólo lo obtendrán las personas que estén inscriptas en el Registro de Productores Familiares, que tengan la declaración jurada vigente y que además cumplan con los requisitos para ser consideradas productores familiares.
El certificado se emite en cualquiera de las oficinas habilitadas del MGAP de todo el país para el Registro de Productores Familiares y tendrá validez siempre y cuando esté sellado y firmado por un funcionario del Ministerio. Luego debe presentarse ante la intendencia correspondiente para solicitar la exoneración inmobiliaria rural. Cada intendencia establece el cierre de los pagos de este tributo anual.