En el departamento de San José miles de personas padecen la enfermedad; muchas de ellas todavía no lo saben.
Los ámbitos laborales, educativos y deportivos tendrán que permitir a la persona atender sus necesidades alimenticias, de control y medicación. Organizaciones irán al Senado para pedir modificaciones.
El proyecto de ley “Diabetes y otras enfermedades no transmisibles” recibió media sanción de la Cámara de Diputados el miércoles 12 y ayer ingresó a la Comisión de Salud del Senado.
Contiene diez artículos, que establece que a los prestadores del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) les corresponde “la captación, educación, el tratamiento y el control sanitario de la diabetes y otras enfermedades no transmisibles”.
De acuerdo al texto, las instituciones de salud “deberán asegurar la continuidad, calidad y actualización continua del proceso asistencial”, para lo que se apoyarán en la historia clínica electrónica nacional, y tendrán que tener “equipos interdisciplinarios que permitan abordar integralmente a las personas con diabetes y demás enfermedades no transmisibles”.
De aprobarse, la norma sustituirá la ley aprobada en 1971, cuestionada por las organizaciones de personas con diabetes por discriminarlas en ámbitos laborales, como impedirles ser piloto de aviones comerciales o conducir vehículos de transporte colectivo.
El proyecto establece que “la diabetes no constituirá por sí sola causal de inhabilitación para el ingreso o desempeño” de ninguna actividad laboral, educativa o deportiva, aunque dispone que deberán obtener “documentación habilitante” para el desempeño de esas actividades que emitirá “el médico tratante integrante del equipo de salud”, que explicite si hay riesgo laboral para sí o para terceros por la actividad que cumpla.
Otro de los puntos importantes es que “se deberá permitir a las personas con diabetes atender durante la jornada de trabajo, estudio o deporte, sus necesidades alimentarias, de control o administración de medicación”.
El proyecto no explicita, como querían las organizaciones, que se aseguraran los mejores y adecuados tratamientos, dependiendo de las necesidades de las personas.
Señala que le corresponde al Ministerio de Salud Pública (MSP) “con la participación de los movimientos de usuarios, las sociedades científicas y las instituciones académicas, elaborar y actualizar en forma permanente las políticas de salud e investigación orientadas a las personas con enfermedades crónicas no transmisibles”; para eso, propone conformar una comisión honoraria de enfermedades crónicas no transmisibles, integradas por el MSP, representantes de usuarios, sociedades científicas y académicas, la Unidad Nacional de Seguridad Vial y las comisiones de Salud Cardiovascular, Lucha contra el Cáncer y de Contralor de la Atención en Salud Mental.
El proyecto dispone, además, que las personas con diabetes que estén en situación de vulnerabilidad social y económica accedan a alimentación saludable por medio del Instituto Nacional de Alimentación, y obliga al Instituto Nacional de Rehabilitación a implementar medidas para que personas privadas de libertad con diabetes reciban educación sobre su patología, así como elementos para el tratamiento y el autocontrol, además de una alimentación adecuada.
Expectantes
Organizaciones como la Asociación de Diabéticos del Uruguay (ADU) y Fundación Diabetes Uruguay (FDU) –que presentó un primer borrador del proyecto– coinciden en que este proyecto de ley es un avance, pero saben que buena parte de su impacto dependerá de la reglamentación.
Las organizaciones pedirán ser recibidas por la Comisión de Salud del Senado para plantear sus inquietudes, adelantó Gisele Mosegui, presidenta de la FDU.
Defienden la idea de crear un registro nacional de personas con diabetes, de manera de dimensionar el problema, porque si bien se estima que 10% de la población padece esta enfermedad (300.000 personas), se desconoce su estado de situación y su tratamiento.
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*Fuente: La Diaria Artículo: Amanda Muñoz