El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Cuarto Turno anuló decisiones previas relacionadas con el proyecto Neptuno. Estas incluían la medida de no innovar que frenaba la firma del contrato entre OSE y el Consorcio Aguas de Montevideo, y actuaciones procesales previas.
Se declaró la nulidad absoluta de las providencias que impedían la participación del Consorcio en las medidas provisionales. El Tribunal estableció que estas decisiones violaron el principio del debido proceso y los derechos de defensa de las empresas que conforman el consorcio integrado por Ciemsa, Fast, Saceem y Berkes.
El Juez de Primera Instancia, Alejandro Recarey, fue apartado del caso por prejuzgamiento, lo que implica que ya no podrá intervenir en este expediente ni en otros relacionados con el proyecto.
El fallo remarca que las medidas provisionales deben garantizar la bilateralidad, escuchando tanto a los demandantes como a los terceros afectados, lo que no ocurrió en este caso.
- CONTEXTO
¿Qué es el proyecto Neptuno y por qué genera controversias?
El proyecto Neptuno busca garantizar el suministro de agua potable desde el Río de la Plata, mediante una alianza público-privada entre OSE y el Consorcio Aguas de Montevideo. Ha generado críticas por posibles impactos ambientales, dudas sobre su viabilidad técnica y cuestionamientos sobre la privatización de servicios públicos esenciales.
¿Qué implicaban las decisiones anuladas?
La medida de no innovar, emitida por el Juzgado de Primera Instancia, prohibía a OSE firmar el contrato con el Consorcio hasta que se resolvieran las denuncias judiciales. Estas denuncias argumentaban la falta de estudios ambientales y la necesidad de garantizar el control estatal sobre el proyecto.
¿Por qué el Tribunal anuló estas decisiones?
El Tribunal determinó que las resoluciones previas violaron el derecho al debido proceso al excluir al Consorcio de la etapa inicial. Según el fallo, las empresas debieron ser escuchadas antes de que se dictara una medida que les generaba perjuicio directo.
¿Qué rol tuvo el juez Recarey en esta controversia?
El juez Alejandro Recarey fue cuestionado por su manejo del caso. Su recusación, presentada por el Ministerio de Ambiente y OSE, fue aceptada debido a que dictó resoluciones pese a estar impedido por ley. Esto lo llevó a ser apartado del expediente.
¿Qué argumenta el Consorcio Aguas de Montevideo?
El Consorcio sostiene que la exclusión de sus representantes en las decisiones judiciales vulnera sus derechos. También argumentan que el proyecto cumple con los estándares legales y técnicos necesarios.
- CÓMO SIGUE
El caso será retomado por un juez subrogante, quien revisará las medidas provisionales y los reclamos presentados por las partes, con la obligación de garantizar la bilateralidad en el proceso.
OSE y el Consorcio podrán continuar con la defensa del proyecto, ahora en un contexto de mayor transparencia procesal.
Las organizaciones opositoras al proyecto probablemente intensifiquen sus acciones judiciales, exigiendo estudios de impacto ambiental y participaciones ciudadanas más amplias.
El fallo abre un precedente sobre la importancia de garantizar los derechos de todas las partes en procesos cautelares, lo que podría influir en futuros litigios relacionados con proyectos de infraestructura pública en Uruguay.