Con medida socio educativa no privativa de libertad.
Jeftura informó que: «El 25 de setiembre de 2024, a la hora 13:00 aproximadamente se registró un incidente entre dos menores en la vía pública (calle Sarandí casi 18 de Julio) en San José de Mayo. Uno de ellos tras increparle a otro un tema personal sacó un arma de aire comprimido y lesionó al otro. Éste puso en conocimiento a su padre y fue asistido en un nosocomio local.
Se le certificó: “Constancia de lesiones varias en piel de tronco miembro, y cuero cabelludo, las mismas son todas similares tipo abrasiones superficiales de la piel de aprox. 1 cm de diámetro con base edematosa tipo hematomas, 6 lesiones en tronco, cara posterior, 2 en miembros superiores , 1 facial izquierdo, 1 temporal derecho (esta última profunda),paciente en valoración ”.
Se le extrajo un proyectil tipo balín, el que fue entregado a la Policía. El hecho fue denunciado en Seccional 1ra. La Fiscalía Letrada de San José, dispuso: relevamiento de cámaras, forense, declaraciones, documentación del balín, dar cuenta a la Institución de enseñanza e informe.
El día 6 de noviembre en audiencia, el Juzgado Letrado de San José de 5to. Turno dictó Sentencia Nro.5, por la que se condenó al adolescente G.D.I.G de 17 años, como responsable de la comisión de una infracción grave a la Ley Penal tipificada como un delito de lesiones personales, en calidad de autor y en grado de consumación, a la medida socio educativa no privativa de libertad de tres meses, con condiciones.»
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