Romina Celeste Papasso había sido imputada inicialmente con prisión domiciliaria pero la fiscal del caso, Sandra Fleitas había apelado esa decisión.
La exmilitante nacionalista trans Romina Celeste Papasso finalmente fue enviada a prisión preventiva luego de ser imputada por los delitos de asociación para delinquir, calumnia y difamación, después de que se conociera que la denuncia, sobre la que informó ella, hecha al precandidato Yamandú Orsi por una presunta agresión a una mujer trans en 2014 era falsa, confirmaron fuentes judiciales a El Observador.
La sentencia del Tribunal de Apelaciones Penal de Segundo Turno establece que «existe el peligro de fuga de la imputada el que es manifiesto y latente«, mencionaron en cuánto a que viajó a Buenos Aires el 20 de octubre de 2021 y el 19 de noviembre de 2023, «amén de las circunstancias, naturaleza de los hechos y gravedad de los delitos, donde la titular de la acción penal, subrayó que la pena a recaer será de prisión o penitenciaría».
Además evaluó el tribunal la «voluntad» de Papasso de volver a salir del país, «manifestada también en medios televisivos, lo que no se precave únicamente con el cierre de fronteras, dadas las características de las fronteras naturales de nuestro país y tratándose de una persona que cuenta con recursos para evadirse de la sujeción del proceso».
También le dieron la razón a la fiscal en cuánto a que «la imputada reviste la calidad de reincidente, y que en su momento gozó del beneficio de la libertad a prueba y pese a ello volvió a cometer delitos distintos pero mayor cantidad de delitos de los cuales fue imputada, razón por el cual ese riesgo para la sociedad aún es mayor».
Si bien la fiscal había pedido que la prisión preventiva se estableciera por 120 días, el tribunal optó por mantener la medida cautelar por 90 días, como lo dispuso el juez, «ya que cumple con la proporcionalidad de la cautela». De todos modos aclaró que en caso de modificarse las condiciones originarias de la medida cautelar impuesta, la medida podrá variar.
La decisión, publicada por Eduardo Preve, se tomó este martes al mediodía. Papasso había sido imputada con prisión domiciliaria pero la fiscal Sandra Fleitas había apelado esa decisión.
La sentencia redactada por el ministro Daniel Tapie y firmada también por sus colegas Beatriz Larrieu y Ricardo Miguez determina que «los riesgos invocados por la Fiscalía fueron suficientemente justificados y habilitan la imposición de la medida de prisión preventiva solicitada».
«Debe tenerse en cuenta que la investigación preliminar está en su etapa inicial, únicamente ha recabado los testimonios de los periodistas mencionados y existen otros que aún debe recibir, de acuerdo a las emergencias de la carpeta investigativa a la cual tuvo acceso la Defensa -quien no cuestionó ese extremo. En este punto debe tenerse presente la personalidad de la imputada -que es pública por su permanente exposición en redes sociales y programas periodísticos – la cual permite prever un riesgo cierto para los testigos que sean llamados a declarar en Fiscalía», afirmó el tribunal.
También le dio la razón a la fiscal en que «el accionar delictivo que se le imputa reviste suma gravedad, en tanto ha atentado -entre otros bienes jurídicos- contra la administración de justicia, perjudicando su imagen en pro de intereses que no se conocen, concurriendo la pauta prevista en la norma procesal».
- Fiscal Sandra Fleitas había pedido prisión preventiva para Romina Celeste
Sandra Fleitas había pedido prisión preventiva para Papasso por entender que existía riesgo de fuga y de que entorpezca la investigación y que lo que hizo junto a Paula Díaz, la mujer que presentó la denuncia contra Orsi en la seccional policial, es de suma gravedad. Sin embargo, la defensora Elizabeth Frogge argumentó en contra y el juez de Ciudad de la Costa Bernardo Bueno le dio la razón. La Justicia dispuso en primera instancia prisión domiciliaria con tobillera electrónica durante 90 días. Asimismo, Papasso debía fijar domicilio, cumplir prisión domiciliaria total con tobillera electrónica y la “prohibición de comunicación con la victima por cualquier medio”.
«Existen líneas de investigación que está llevando adelante la fiscalía, de que tenemos el pleno convencimiento, de que atrás de todo esto, de estas dos personas que han sido imputadas y formalizadas, existen otras personas con otros intereses”, afirmó Fleitas en la audiencia en la que imputó a Romina Celeste Papasso, según surge del audio al que accedió El Obseravador.
Al fundamentar los motivos por los cuales insistió ante el juez Bernardo Bueno para que decretara prisión preventiva por 120 días, la fiscal sostuvo que seguirá investigando esa línea para saber si hay más personas detrás de la denuncia falsa. Argumentó también que la defensa de Papasso, representada por la abogada Elizbaeth Frogge, accedió a la carpeta investigativa «razón por la cual podría proporcionar dicha información que podría ser de alguna manera relevante a los efectos de entorpecer lo que tiene que ver con esa investigación que continúa en curso».
En su relato de los hechos, Fleitas contó que de las conversaciones por WhatsApp de los teléfonos de Papasso y Paula Díaz -que seguirán siendo periciados en busca de nueva información- surge que «varios días dialogaron respecto de cómo llevar adelante esa denuncia, cómo lograr que esa denuncia obtuviera credibilidad ante las autoridades administrativas y periciales hablaron también respecto de algunos conocimientos específicos que se debían de manifestar con respecto a la ley de género a fin de poder lograr que esa denuncia que inicialmente se podía dudar si tenía o no índole sexual, pudiera de alguna manera lograrse un cambio de carátula teniendo en cuenta esos elementos que Papasso le asesoraba a Paula Díaz para que se pudiera (…) por parte de la Fiscalía, formalizar al señor Yamandú Orsi». / Fuente: El Observador